Ley crea Gestora de Procesos para custodiar pruebas y grabar audiencias

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Foto: Opinión

El proyecto de Ley de Abreviación Procesal Penal crea una Oficina Gestora de Procesos, que se encargará de varias tareas como el registro digital de las audiencias, la custodia de las pruebas, las notificaciones y la remisión de mandamientos, entre otras responsabilidades.

La norma será tratada esta tarde por la Cámara de Diputados y tiene el objetivo de eliminar la retardación de justicia y agilizar los procedimientos judiciales, ya que, según datos oficiales, en Bolivia existen 19.161 personas privadas de libertad, de las que el 68% son detenidos preventivos, sin sentencia.

El proyecto de ley en su artículo 56 bis establece que la Oficina Gestora de Procesos es una instancia de carácter administrativo que dará soporte técnico a la actividad jurisdiccional con la finalidad de optimizar y favorecer el acceso a la justicia.

Este despacho tendrá al menos nueve funciones: organizar la agenda judicial en el sistema informático; notificar a las partes, testigos y peritos; remitir los mandamientos emitidos por los jueces; sortear la asignación de causas nuevas; sortear a un juez tras la excusa o la recusación; coordinar con la Policía, Fiscalía, Régimen penitenciario, jueces para asegurar las audiencias; garantizar el registro digital íntegro y fidedigno de todas las audiencias y resoluciones; supervisar y consolidar la información estadística sobre las causales de suspensión para su remisión al Tribunal Supremo de Justicia y Magistratura, además de otras establecidas en el reglamento.

Esta oficina ya fue propuesta en el Código del Sistema Penal,  promulgado en diciembre de 2017 y abrogada en enero de 2018 tras un largo conflicto. En  esta norma tenía el nombre de  Oficina Gestora de Audiencias y cumplía prácticamente las mismas funciones.

En el actual Código Penal, las funciones de la instancia eran realizadas por los secretarios y los policías.

En su momento, la Asociación de Magistrados y Jueces de Bolivia (Amabol) rechazó la instalación de cámaras de seguridad en las audiencias bajo el argumento de que el registro vulneraba el derecho a la privacidad.

La primera vicepresidenta de la Cámara de Diputados, Susana Rivero, confirmó que la gestora  va a ordenar las notificaciones, la custodia de las pruebas y todo el sistema de notificaciones y de registro audiovisual de las audiencias.

Por otra parte, la norma también establece que un juez podrá tomar un caso de violencia intrafamiliar y también llevar un proceso de divorcio y separación de bienes sin necesidad de cambiar de juzgado o enviarlo a un juez de familia.

El presidente de la Cámara de Diputados, Víctor Borda, explicó que ésta será una de las modificaciones que se introducirán hoy al proyecto de ley.

“Los jueces van a asumir una triple competencia. Es decir, que una persona que denuncie por infracción intrafamiliar o contra la mujer podrá solicitar que el mismo juez conozca el proceso de divorcio y separación de bienes, esto significa que no se vuelva a re victimizar a la víctima, que no vaya en una especie de odisea pidiendo justicia al fiscal, al juez en materia, al penal, o al de materia de familia”, dijo.

 

PROPONEN AMPLIAR PENA POR HOMICIDIO

El presidente de la Cámara de Diputados, Víctor Borda, dijo que esta instancia modificará el proyecto de ley original para incluir la ampliación de la pena privativa de libertad por el delito de homicidio hasta 25 años. La autoridad explicó que la propuesta será que este tipo penal tenga un castigo mínimo de 10 o 15 años y un máximo de 25 años de cárcel, para evitar que los fiscales manejen a su antojo y usen como un elemento de negociación la actual pena mínima por este delito, que es de 5 años.

El actual Código Penal, en su artículo 251, señala que la pena mínima de cárcel por homicidio es de 5 años y el máximo de 20, y si la víctima es niño o niña es de 10 a 25 años.

 

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