Ley del Notariado se aplicará por instrucción del TCP

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La resolución del Tribunal Constitucional restablece la vigencia de la ley y ordena su aplicación. Sectores de oposición cuestionan la decisión. Por este caso dos magistradas están enjuiciadas

Bastaron 29 días desde que la mayoría oficialista de la Cámara de Diputados aprobara el primer juicio de responsabilidades en contra de las magistradas Soraide Chánez y Ligia Velásquez para que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) aprobara la restitución de la Ley del Notariado, la misma norma que desencadenó el proceso en contra de las magistradas por aprobar la admisión de una acción de inconstitucionalidad.

Efren Choque, presidente del TCP, dijo que las partes fueron notificadas el lunes con la respectiva sentencia constitucional y recordó que la misma es inapelable y de estricto cumplimiento.

Explicó que a partir de esta decisión queda sin efecto el auto que emitió la Comisión de Admisión del TCP, que estaba integrada por Chánez y Velásquez, que ordenaba la inaplicabilidad de toda la Ley del Notariado hasta que se resuelva la acción de inconstitucionalidad presentada en febrero por el diputado Luis Gantier, de CN.

Dos días después de aprobarse el juicio contra las magistradas, el TCP habilitó al suplente de Chánez, Zenón Bacarreza, que fue uno de los tribunos que viabilizó la declaración constitucional 003/2013, que permite la re-relección de Evo Morales y de Álvaro García Linera.

 

Críticas y halagos

La senadora Centa Reck, de CN, dijo que la resolución emitida el lunes, y que permite la vigencia de la Ley del Notariado, es la prueba de que el juicio de responsabilidades en contra de las dos magistradas es político, porque buscaba habilitar a sus suplentes para que el TCP esté subordinado al Poder Ejecutivo.

“Ni bien las magistradas fueron suspendidas de sus cargos, habilitaron a sus suplentes para que cumplan las órdenes del Ejecutivo”, dijo Reck.

Afirmó que la ley convalidada por el TCP establece que los notarios ya no serán designados por el Consejo de la Magistratura, sino que serán nominados por el Ejecutivo Nacional.

Por su lado, la ministra de Justicia, Sandra Gutiérrez, dijo que no tenía conocimiento oficial de la sentencia y recalcó que es un fallo a favor de la población boliviana. “Con esta resolución se está dando razón a la justicia, al pueblo, por fin la justicia realmente se está aplicando como debe ser”, afirmó la ministra, según cita el periodico Página Siete.

La autoridad explicó que las acciones de inconstitucionalidad no tenían argumento jurídico y que fueron planteadas para dilatar la aplicación de la ley.

Franklin Garvizu, diputado del MAS, justificó el fallo constitucional que pone en vigencia la Ley del Notariado. “No se trata de ganadores o de perdedores, sino que se restablezca el derecho” porque la ley se hizo para todo el país y no para un sector. Explicó que en el artículo cuatro de la norma se estableció su presunción de constitucionalidad.

La aplicación de la Ley del Notariado estuvo suspendida desde marzo, cuando la Comisión de Admisión del TCP dictó una medida cautelar que suspendía su vigencia

Para saber

Las medidas cautelares
Se dispuso que no se implemente el Código Procesal Civil; la inhibición de transferencia de archivos y documentos, por lo que tampoco se pudo realizar el tratamiento del reglamento; también prohibían la designación de un director de la Dirección del Notariado Plurinacional.

El juicio
Tras la suspensión de la norma, la Cámara de Diputados inició un proceso contra las magistradas del TCP Ligia Velásquez y Soraide Chánez tras la denuncia presentada por las notarias Norka Soto Serrudo y Stenka Udaeta España. La base de la denuncia es el auto de admisión de un Recurso Abstracto de inconstitucionalidad.

 

Se le amplía la facultad a los notarios
Marcelo Arrázola – ABOGADO

La Ley del Notariado amplía las facultades a los notarios que antes estaban asignados a los jueces instructores. El primer elemento nuevo es que los notarios dependerán del Poder Ejecutivo. Ahora se constituirá en Consejos de Notarios, que básicamente dependen de diferentes ministerios del Poder Ejecutivo.

El segundo elemento que trae la nueva ley es que amplía la facultad a los notarios de Fe Pública y podrán intervenir en la vía voluntaria en la que exista intereses y libre voluntad de las partes y consentimiento y pueden participar en un juicio notariado.

Es decir, actualmente un divorcio se tramita por la vía jurisdiccional y eso significa por un juez competente, pero ahora, cuando existan libre consentimiento, no haya hijos, bienes gananciales ni pretensión de asistencia familiar de manera voluntaria, se podrá plantear la anulación del matrimonio ante un notario.

Los trámites que antes se hacían por la vía jurisdiccional, ahora se podrán hacer ante un notario, va desde la retención, recuperación y la posesión de bienes inmuebles, deslinde y amojonamiento de predios urbanos, particiones inmobiliarias, división y partición de herencia y apertura de testamento cerrado